RIESGOS DE MANEJAR DINERO EN LAS EMPRESAS. - INCIDE
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05 May RIESGOS DE MANEJAR DINERO EN LAS EMPRESAS.

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Todas las personas involucradas en la toma de decisiones de las empresas deben estar consciente de que su obligación es de coadyuvar a que se erradique el delito de lavado de dinero en su empresa y en la economía nacional.

En la actualidad el empresario esta obligado a tener mayor conocimiento para la realización de las actividades empresariales y manejo de sus recursos.

Es evidente que actualmente el medio por excelencia para mover los recursos económicos de las empresas es el sistema financiero. Todos los empresarios deben saber que mover el dinero sin tener los debidos registrado de acuerdo la ley, es un verdadero peligro que pone en riesgo la libertad y patrimonio del empresario, en virtud de que el empresario esta obligado acreditar el origen licito de sus recursos.

Las medidas para preventivas para disuadir el delito de lavado de dinero en el sistema financiero se justifican, por los acuerdos internacionales que es de donde se derivan las leyes aprobadas por el legislador que buscan proteger al sistema financiero y la economía nacional.

Los antecedentes del delito de lavado de dinero se encuentra en la Convenciones de las Naciones Unidas Contra el Trafico ilícito de Estupefacientes y substancias Psicotrópicas,  realizada en Viena el 29 de diciembre de 1988, y 1998, debido a la preocupación que se genero a nivel internacional, por el crecimiento alarmante del trafico de drogas, por lo que se promovió el compromiso y medidas preventivas entre todos los integrantes de la comunidad Internacionales que asistió,  y a los que posteriormente se fueron adhiriendo, para combatir este delito que cada día era mayor su afectación en las economías de todos los países que empezaron a percibir que las organizaciones de criminales cada día tenían grandes ganancias que ya no podía esconder, y que buscaba distintas formas distintas de ocultar el origen ilícito de sus recursos.

La Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional celebrada en Palermo en diciembre de 2002, tuvo como medida la mas importante el llamado que se realizo a los estados miembros para declarar “Ilegales los delitos mas frecuentes realizado por el crimen organizado entre ellos el “Lavado de dinero”, la corrupción de funcionarios públicos, y de las asociaciones Ilícitas.”

Los puntos mas sobresalientes de las convenciones fueron promover la colaboración entre los estados miembros para prevenir y combatir a la delincuencia organizada transnacional, mediante la emisión de medidas,  en donde se tipifique como delitos graves el blanqueo del producto de los delitos de conversión, transferencia, ocultación, disimulación de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, disposición, movimiento, o propiedad de bienes de origen ilícito. La penalización de la corrupción de los funcionarios públicos, obstrucción de la justicia por medio de la fuerza, amenazas, o intimidación, o la promesa, ofrecimiento, o concesiones de beneficios indebidos. Pero ante las diferencias de los países partes se dijo en las Convenciones que cada país debía adoptar las medidas acordadas, y otras de índole necesario de acuerdo con sus propias condiciones.

Por ese motivo nuestro legislador creo diversas leyes para cumplir los compromisos adquiridos internacionalmente, y por eso legislo la ley federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita el 17 de octubre de 2012, que entro en vigor el 17 de julio de 2013, también había legislado  la ley federal contra la delincuencia organizada el 28 de octubre de 1996, con posteriores reformas el 21 de junio de 2002, el 14 de junio de 2012,el 8 de noviembre de 2019,  ultima reforma 19 de febrero 2021, también se legislo  la ley federal de extinción de dominio, el 9 de agosto de 2019, ultima reforma 22 de enero 2021, el delito de recursos de procedencia ilegal esta previsto en el articulo 400 bis del código penal federal,  que aunque las recomendaciones internacionales era que no se vincularan con efectos fiscales nuestros legisladores las vincularon como instrumentos que se aplican para combatir la evasión fiscal.   

Ahora como se puede desprender de los antecedentes citados los empresarios que realmente quieran protegerse deben de estar asesorado con sus abogados de cabecera para que se analice todas las obligaciones que se tienen que cumplir para tener la tranquilidad de que su libertada y patrimonio están protegidos y que tienen todos los elementos para en todo caso defenderse adecuadamente.

Por eso es  una necesidad conocer, y manejar las implicaciones que tiene el desarrollo de las actividades empresariales que, de acuerdo con la ley federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, que tiene como principal objetivo crear e implementar medidas y procedimientos con la intención de prevenir y detectar actos, omisiones y operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita y delitos relacionados con los mismos. Se consideran delitos relacionados entre otros el encubrimiento y todos los relacionados de carácter patrimonial que tienen por objeto acciones u omisiones tendientes a ocultar el origen ilícito de recurso, por eso se definen en el articulo 17, las denominan actividades vulnerables, y en el articulo 18 la ley citada, se desprenden las principales obligaciones que van desde la simple identificación, a los informes periódicos que se tienen que realizar cada mes.

De manera general se observa que muchos empresarios al inicio de sus actividades desconocen lo que constituyen sus derechos y obligaciones en los aspectos fundamentales de la actividad de su empresa, en los ámbitos del derecho.

Muchos empresarios se van enterando de sus obligaciones conforme se van enfrentando a la realidad, pagando multas, recargos, y enfrentando algunas demandas, y lo mas peligros acciones penales.

Lo increíble es que algunos empresarios de muchos años desconozcan sus obligaciones y los mas increíble depositan todo su patrimonio en las manos de sus colaboradores quienes muchos de ellos llegan actuar sin la mínima supervisión y absoluto desconocimiento del derecho mencionado.

Hermosillo, Sonora mayo del 2021

 

 
Francisco Javier Mejía Cisneros

Licenciado en derecho, Doctor en Derecho, Maestría en Derecho Fiscal
Director General de la firma de Mejia Cisneros Abogados.
Abogados expertos en defensa legal, evaluación y gestión de riesgos, desarrollo,
De la cultura jurídica en la empresa, en derecho corporativo, penal, administrativo,
Fiscal, y laboral, e implementación y capacitación de protocolos legales que la empresa.
Deben cumplir en sus actividades normales. Para manejar adecuadamente sus riesgos y programas de Compliance legal.
Para citas, consultas ustedes puede contactarnos llamando al 6621140226 o enviando sus dudas o preguntas al correo electrónico:  Javier.mejia@unison.mx  abogadosmejiacisneros@gmail.com

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