Mitigación del riesgo por colapso de anuncios publicitarios - INCIDE
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28 May Mitigación del riesgo por colapso de anuncios publicitarios

Garantizar la seguridad de la ciudadanía respecto al riesgo por falla o colapso de las estructuras tipo carteleras es indiscutible. En los últimos años los Hermosillenses han tenido la experiencia de presenciar la caída de anuncios publicitarios o por lo menos escuchar la caída de estos que por lo regular se encuentran en zonas urbanas.

Atendiendo al reglamento de publicidad exterior para el municipio de Hermosillo, publicado en el boletín oficial número 39, sección I, tomo CLXXXII, es obligatorio garantizar que los anuncios publicitarios se fabriquen, coloquen e instalen cumpliendo con los códigos, normativas y manuales vigentes que eviten el riesgo a la población.

En el apartado III del artículo 5 del reglamento antes citado, se le atribuye a la Coordinación de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología (CIDUE) el poder para ejercer las acciones de inspección necesarias para verificar el cumplimiento del reglamento e interponer las sanciones que sean pertinentes en contra de los propietarios o responsable del anuncio como lo es el Director Responsable de Obra, que anualmente otorga su responsabilidad civil hacia la ciudadanía y autoridades Municipales.

Unas de las obligaciones definidas en el artículo 23 del mismo reglamento, es la de mantener en buen estado físico las estructuras portantes de los anuncios publicitarios por lo que es necesario garantizarlo en el otorgamiento de la responsiva anual, entregar un informe y recomendaciones de reparación estructural que sean convenientes para el año en curso.

Las estructuras tipo cartelera son sensibles a la exposición de ráfagas de viento, por lo que al no estar diseñadas adecuadamente la consecuencia puede ser el colapso.

El reglamento de construcción de Hermosillo hace referencia al manual de diseño por viento de Comisión Federal de Electricidad (CFE) del 2008, clasificando a estas estructuras como tipo III, recomendando un análisis dinámico para un periodo de retorno de 50 años.

Para el cálculo de la fuerza lateral equivalente en la dirección del viento (Feq) e independientemente de los factores de sitio y coeficientes de diseño, es necesario definir velocidades regionales para el análisis y diseño estructural.

Para Hermosillo, la velocidad regional con un periodo de retorno de 50 años es de 120 km/hrs, el cual se estipula en el manual de diseño por viento de CFE del 2008.

Sin embargo, es explicable y entendible que el colapso de las estructuras se debe a que no se atienden las recomendaciones implícitas en el reglamento de publicidad exterior, ya sea por no dar mantenimiento a las estructuras o en su defecto que no cumplen con los requerimientos de diseño mínimos necesarios y como consecuencia a ello es la falla estructural.

Anuncios colapsado 2014. Ráfaga de viento: 70 km/hr

Al ver las imágenes anteriores, da una sensación de inseguridad al salir a la calle cuando se avecine una tormenta, considerando que la falla estructural en algunas estructuras se da con un 41.67% por debajo de la velocidad máxima esperada, dejando la duda razonable de ¿Cuál será el día que se tenga la primera perdida de vida de un ciudadano por no haber mitigado el riesgo por colapso de las estructuras tipo cartelera?.

Cabe señalar, que el riesgo es cuantificable implementando medidas de inspección y valuación del riesgo con el apoyo de Ingenieros especialistas en el tema. Para ello, El Colegio de Ingenieros Civiles de Sonora A.C. (CICS) cuenta con el recurso humano necesario para esta actividad denominado: Calculistas y Estructuristas de Sonora, A.C. (CAESSON-SMIE) que brindan el apoyo como corresponsables estructurales a Ingenieros (no relacionados con el tema estructural), Arquitectos, Inversionistas y Propietarios.

La importancia de no solo determinar el riesgo de manera cualitativa por inspección visual e implementar la cuantificación del riesgo es necesario. En el cual, para estructuras existentes se deben de determinar perfiles estructurales medidos en campo, determinar anclajes, determinar reducciones de espesores en perfiles por degradación ocasionado por la presencia de óxido, fatiga de elementos, condición de soldadura y finalmente un análisis estructural con el fin de verificar la resistencia de los elementos para las solicitaciones de servicio. Respecto a estructuras proyectadas, se debe de garantizar que las estructuras soporten las solicitaciones a las que estarán expuestas en la zona de instalación.

Un método de análisis estructural, es el de elementos finitos. El cual, se basa en aproximaciones mediante ecuaciones diferenciales del comportamiento dinámico de la estructura discretizada:

Sin embargo, el resultado obtenido del análisis “memoria de cálculo” puede ser poco entendible para las personas que no esten relacionados con tema estructural. Por lo que es necesario, hacer una traducción de los resultados numericos mediante una interfaz gráfica que ayude a la visualizacion y valuación del riesgo en la toma de decisiones para la mitigación.

Esta interfaz gráfica, pude ser una incorporación de planos de anuncios publicitarios al atlas de riesgo, los cuales a diferencia del resto se deberán actualizar anualmente con los reportes entregados a CIDUE por parte del DRO mediante inspección de campo y análisis estructural.

Es importante tener en cuenta, que emigrando a un Sistema de Información Geográfica (SIG) se puede proporcionar información de los niveles de riesgo que van de un riesgo nulo hasta un nivel de riesgo alto por colapso estructural. Así como también, determinar tipo de mantenimiento y tiempos de realización de trabajos de reparación estructural por parte del propietario que ayude a deslindar responsabilidades ocasionado por daños a terceros en el caso de omisión a lo establecido en el reglamento de anuncios publicitarios y en el reglamento de construcción de Hermosillo.

Propuestas de mitigación hay muchas, sin embargo, es oportuno empezar a trabajar en ello en el corto plazo y evitar una tragedia. Así como también, evitar acciones legales sobre los corresponsables (Propietario, DRO y Corresponsable Estructural) como lo establece el código civil por acción u omisión que cause daño a un tercero.

La propuesta de una herramienta para la mitigación riesgo por colapso de estructuras tipo cartelera expuesta en el presente artículo, queda puesta para las autoridades pertinentes.

Agradezco la colaboración de Jose Rico, por el apoyo brindado en la capacitación del sistema SIG utilizado en el presente artículo.

Joaquín Bojórquez Acuña

Ingeniero Civil con Maestría en Valuación Inmobiliaria, Industrial y de Bienes Nacionales, Maestría en Ingeniería Económica y Financiera, Maestría en Estructuras Urbanas, Máster internacional en Estructuras de Edificación con CYPE, Maestría en Ingeniería Estructural y Sísmica, colaborador del consejo INCIDE, miembro del Colegio de Ingenieros Civiles de Sonora A.C, miembro de la Sociedad Mexicana de Ingeniería Estructural A.C. SMIE, miembro del grupo de Calculistas y Estructuristas de Sonora A.C., emprendedor PYME con más de 10 años de experiencia.

Linkedin: https://www.linkedin.com/in/joaquin-bojorquez-a-04b2bb43/

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